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  Comentarios sobre PCGA 23-04-2024 21:19 (UTC)
   
 


PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS 
Vigencia y Aplicación



INTRODUCCIÓN


Si la elaboración de la información contable estuviera supeditada únicamente a la decisión del Contador, se obtendría información formulado con criterios diferentes. La contabilidad durante el transcurso del tiempo, ha elaborado reglas que sirven de guías para la registración contable y que en convenciones de contabilidad se han aceptado como útiles y necesarios para uniformizar el criterio contable. Éstas han evolucionado en concordancia con los cambios y necesidades sociales, adaptándose a la economía y a las empresas en particular. Estas reglas se denominan "principios". En términos corrientes, es la norma o idea fundamental que rige el pensamiento o la conducta.

Eric L. Kohler en su obra "Diccionario para Contador" define a los Principios de Contabilidad como "Cuerpo de doctrina asociado con la contabilidad que sirve de explicación de las actividades corrientes o actuales y como guía en la selección de convencionalismos o procedimientos".

Los PCGA (Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados) son un conjunto de reglas generales y normas que sirven de guía contable para formular criterios referidos a la medición del patrimonio y a la información de los elementos patrimoniales y económicos de un ente. Los PCGA constituyen parámetros para que la confección de los estados financieros sea sobre la base de métodos uniformes de técnica contable.

   

¿ Por qué a las reglas contables se les denomina PCGA?

Precisando la definición de cada vocablo, se tiene:

Principio.- Cualquiera de las máximas o normas por las que cada uno se guía. Regla general adoptada para servir como guía de una acción.

General- Común, usual, frecuente, prevaleciente.

Aceptar- Aprobar, dar por bueno, admitir.

En consecuencia, los PCGA constituyen reglas generales adoptadas como guías y fundamentos de aplicaciones contables, aprobados como buenos y prevalecientes.


¿Qué efectos o cualidades tienen los PCGA?

Han de ser razonables y prácticos en su aplicación.

Han de producir resultados equitativos y comprensibles.

Han de ser aplicables bajo circunstancias variables.

Han de ser susceptibles de observarse uniformemente.

Han de producir resultados comparables de periodo a periodo y entre compañías.

Han de ajustarse a los resultados generalmente aceptados que sustentan los principios de contabilidad en general.


El Plan Contable General Revisado reconoce que los principios que se exponen a continuación, son los fundamentales y básicos para el adecuado cumplimiento de los fines de la contabilidad.

1. Equidad

2. Partida doble

3. Ente

4. Bienes económicos

5. Moneda común denominador

6. Empresa en marcha

7. Valuación al costo

8. Período

9. Devengado

10. Objetividad

11. Realización

12. Prudencia

13. Uniformidad

14. Significación o importancia relativa

15. Exposición

Los PCGA señalados con la excepción de Partida Doble son los que fueron aprobados en la VII Conferencia Interamericana de Contabilidad realizada en Mar de Plata, Argentina, en el año 1965, habiendo algunos cambiado de denominación, pero siguen siendo los mismos. Así en la versión original se denomina Moneda de cuenta, Ejercicio y Materialidad, en vez de Moneda común Denominador, Período y Significación o Importancia relativa, respectivamente. Estos cambios y la incorporación de la Partida Doble como principio fue establecido en el Perú a través del Plan Contable General del año 1973, luego modificado y aprobado con Resolución de CONASEV No 006?84?EFC/94.10 del 15/02/84 de vigencia actual. La Partida Doble no es un PCGA, ésta es únicamente una técnica de registro o medio de instrumentación contable, algo equivalente (guardando la distancia del caso) a la Partida Simple de vigencia durante siglos y sustituida años después de aparecer la obra "Summad de Arithmetica, Geometria, Proportioni et proportionalita" del Padre de la Partida Doble Fray Luca Pacioli, impresa en su primera edición en Venecia en el año 1494. En la parte del texto titulada "Tractatus de Com?putis et Scripturis" (Tratado de las Cuentas y de la Escritura) es donde expone la forma de llevar las cuentas por Partida Doble.

No obstante el tiempo transcurrido y múltiples revisiones efectuadas, los PCGA. siguen vigentes, habiéndose ampliado y precisado su aplicación a fines o situaciones específicas a través de las Normas Internacionales de Contabilidad NC). Ambos son complementarios, es como si fueran Ley y Reglamento respectivamente, siendo imprescindible para el profesional contable tener suficiente dominio de éstos, ya que son el soporte de su conocimiento aplicativo; en caso extremo, podría "perdonarse" su insuficiente conocimiento de los NIC's, pero no de los PCGA, que es lo que constituye el objeto del presente trabajo y que se expone a continuación:

EQUIDAD


Enunciado textual según el PCGA:

Es el principio fundamental que debe orientar la acción del profesional contable en todo momento y se anuncia así:

La equidad entre intereses opuestos debe ser una preocupación constante en contabilidad, puesto que los que se sirven de, o utilizan los datos contables pueden encontrarse ante el hecho de que los intereses particulares se hallen en conflicto. De esto se desprende que los estados financieros deben prepararse de tal modo que reflejen, con equidad, los distintos intereses en juego en una empresa dada.

Comentario:

El principio de equidad es sinónimo de imparcialidad y justicia, y tiene la condición de postulado básico. Es una guía de orientación, en íntima relación con el sentido de lo ético y justo, para la evaluación contable de los hechos que constituyen el objeto de la contabilidad, y se refiere a que la información contable debe prepararse con equidad respecto a terceros y a la propia empresa, a efecto de que los estados financieros reflejen equitativamente los intereses de las partes y que la información que brindan sea lo más justa posible para los usuarios interesados, sin favorecer o desfavorecer a nadie en particular. Bajo el principio de equidad se debe compatibilizar intereses opuestos.

Si el sentido de justicia entendido como virtud que se inclina a dar a cada uno lo que le pertenece" se aplica a cada ejercicio, se debe asignar a este su correspondiente ingreso, costo y gasto.

Si por ejemplo, se ha recibido la factura # 0290 del 21/10/2009 por $ 45.000, más IGV $ 8. 100, total $ 53. 100, para realizar una campaña publicitaria por el periodo 01/11/2009 al 31/01/2010, el que según los estudios efectuados ha de tener efecto en el incremento de las ventas a partir del 01/12/2009, lo que ha sido constatado en los hechos. ¿Por cuál suma y a partir de que fecha se debe aplicar los resultados? Respuesta: En el mes de diciembre 2009 se aplica a gastos del periodo $ 15.000 y se difiere $ 30.000 para el siguiente año.

PARTIDA DOBLE


Enunciado textual, según el PCGA:

Los hechos económicos y jurídicos de la empresa se expresan en forma cabal aplicando sistemas contables que registran los dos aspectos de cada acontecimiento, cambios en el activo y en el pasivo (participaciones) que dan lugar a la ecuación contable.

Comentario:

El principio de la partida Doble o dualidad es la base del método contable, se le define como: "A toda partida registrada en el Debe le corresponde otra partida registrada en el Haber" o "No hay deudor sin acreedor, ni acreedor sin deudor". Esta duplicidad presenta siempre una igualdad entre las sumas que figuran en el Debe y el Haber, lo que permite la comprobación de la igualdad de las registraciones. Mediante la partida Doble se registra los cambios en el activo (aplicación de fondos) y en el pasivo (origen de fondos) y capital. El activo es cualquier derecho o bien que se posee y que tienen un valor monetario. El pasivo es la suma que se adeuda a terceros, es el derecho de los acreedores, excluyendo al propietario(s) del negocio. La suma que este último ha invertido se denomina capital.

Los tres elementos mencionados están unidos por una relación fundamental, producto de la suma de transacciones registradas sobre la base de la partida doble denominada ecuación contable, la que expresa el equilibrio entre las partes, como:

En la partida doble cada transacción tiene un elemento de débito (o cargo) y otro de crédito (o abono) por igual suma monetaria, toda operación que registra la contabilidad afecta por lo menos a dos partes.

ENTE


Enunciado textual, según el PCGA:

Los estados financieros se refieren siempre a un ente, donde el elemento subjetivo o propietario es considerado como tercero. El concepto de ente es distinto del de persona, ya que una misma persona puede producir estados financieros de varios entes de su propiedad.

Comentario:

El principio de ente o Principio de Entidad establece el supuesto de que el patrimonio de la empresa se independiza del patrimonio personal del propietario, considerado como un tercero. Se efectúa una separación entre la propiedad (accionistas o socios o propietario) y la administración (gerencia) como procedimiento indispensable de rendir cuenta por estos últimos. El ente tiene vida propia y es sujeto de derechos y obligaciones, distinto de las personas que lo formaron.

Los propietarios son acreedores de las empresas que han formado y aunque tengan varias empresas, cada una se trata como una entidad separada, por lo que el propietario es un acreedor más de la entidad, al que contablemente se le representa con la cuenta 50 Capital.

Es frecuente observar en las empresas unipersonales o sociedades de propiedad mayoritaria de una persona, la mala práctica de utilizar los recursos monetarios o bienes de la empresa en beneficio o uso personal, cancelándose facturas o asumiendo gastos particulares ajenos a la empresa, situación que debe obligar a adoptar normas adecuadas de registración contable que diferencien los bienes, derechos u obligaciones personales, de los que corresponden a la empresa. Contablemente se debe distinguir entre la entidad y los intereses ajenos al mismo.

Si por ejemplo, la empresa Miraflores E.I.R.L. dedicada a la compra?venta de textiles, propiedad de Lizardo Alzamora y Mayo, ha recibido las siguientes boletas de venta: N' 1199 del 02/03/2010 del colegio Politécnico "EPN", por $ 1.500, por matrícula escolar del hijo del propietario. N' 0127 del 14/03/2010 de Comercial Lurín S.A.C. por $ 900, por compra de una cocina de uso doméstico INRESA y un balón de gas.

¿Debe ser registrado en los libros de contabilidad los documentos señalados? Ambos documentos están referidos a gastos personales del propietario y bienes ajenos a la empresa, por lo que debe aplicarse el siguiente tratamiento:

Si los documentos están pendientes de pago, no registrarlos en libros; si en cambio se han pagado con fondos de la empresa, registrarlos en libros, pero no a cuentas de gastos y de activo fijo, sino a cuentas por cobrar diversas por $ 2.400 a efectos de gestionar el reembolso o recuperación correspondiente.

De acuerdo a lo enunciado, separar las transacciones de la entidad de las del propietario(s) es un objetivo importante de la contabilidad. Así lograremos obtener información correcta de la administración de los recursos provenientes del propietario(s), bancos, y proveedores confiados a los directivos de la entidad y mediremos el desempeño de sus funciones.

BIENES ECONÓMICOS


Enunciado textual, según el PCGA:

Los estados financieros se refieren siempre a bienes económicos; es decir, bienes materiales e inmateriales que poseen valor económico y por ende, susceptibles de ser valuados en términos monetarios.

Comentario:

Se registra en libros todo acto o bien susceptible de valor de intercambio, independientemente de la forma cómo se ha obtenido, y por el cual alguien está dispuesto a pagar un precio.

Cualquier activo, como caja, mercaderías, activos fijos en poder y/o uso de la entidad y sobre el cual se ejerce derecho, sin estar acreditado necesariamente la propiedad de la misma, mientras no entre en conflicto con terceros que también reclaman la propiedad, son susceptibles de registrar en libros en vía de regularización, a través de un asiento de ajuste, tratamiento que se hace extensivo a las diferencias en los costos de adquisición o registro en fecha anterior.

Caso típico de la aplicación de este PCGA es el proveniente de los inventarios físicos de existencias, en que se encuentra unidades que no están registrados en libros, y siempre que no sean de terceros, se procede a aperturar su tarjeta (kardex) de control físico y a formular el asiento contable de regularización.

MONEDA COMÚN DENOMINADOR


Enunciado textual, según PCGA:

Los estados financieros reflejan el patrimonio mediante un recurso que se emplea para reducir todos sus componentes heterogéneos a una expresión, que permita agruparlos y compararlos fácilmente. Este recurso consiste en elegir una moneda y valorizar los elementos patrimoniales aplicando un precio a cada unidad.

Generalmente, se utiliza como denominador común la moneda que tiene curso legal en el país en que funciona el ente. En el Perú, de conformidad con dispositivos legales, la contabilidad se lleva en moneda nacional.

Comentario:

La elaboración de estados financieros basados en la premisa de que la moneda es una unidad. Todos los países, unos más que otros, son víctimas de la inflación, por lo cual en el transcurso del tiempo se "mezclan" monedas de diferente poder adquisitivo. Esta mezcla se da, especialmente, en el caso de los activos fijos. Por ejemplo, si en enero de 1998 se compró un terreno, tres años después se vuelve a comprar otro en el mismo lugar y en iguales condiciones, el precio de adquisición es posible que sea mayor, debido principalmente a la pérdida de poder adquisitivo de la moneda, por lo que las transacciones del último periodo no se puede mezclar con los de períodos anteriores, a costa de obtener por resultado la combinación de unidades monetarias de diferente poder adquisitivo, lo que incidiría en la distorsión de los estados financieros.

En el caso de establecer el costo de fabricación del período con la participación de sus tres elementos: materia prima, mano de obra y gastos de fábrica, cada uno de ellos estará afectado en diferentes niveles por la inflación; incluso algunos podrían no haber sido afectados durante un tiempo, como es el caso de las remuneraciones. La materia prima utilizada en la elaboración podría haber sido asumida al valor del momento (supuesto que se compre para uso inmediato), luego su costo ya está afectado por la inflación, al pagar o comprometer su pago a un precio mayor con respecto a compra anterior. En el caso de los Gastos de Fábrica, será una mezcla de valores no afectados por la inflación durante un tiempo, como es por ejemplo el caso de la depreciación y del alquiler y pólizas de seguro contratados en moneda nacional; en otros casos si tendrá un efecto inmediato, como es el empleo de combustibles y energía eléctrica.

No obstante lo expresado en el párrafo precedente, la moneda es el único denominador de uso práctico para hacer homogéneo el registro de operaciones diferentes, sean éstos referidos a adquisición de activos o gastos incurridos en fechas y periodos diferentes. La fluctuación de la moneda en el tiempo por pérdida de su poder adquisitivo no altera la validez de los PCGA, es factible su corrección mediante factores de actualización monetaria, a efectos de lograr aproximarse a una objetividad más consistente en la presentación de los estados financieros.

EMPRESA EN MARCHA


Enunciado textual, según el PCGA:

Salvo indicación expresa en contrario, se entiende que los estados financieros pertenecen a una "empresa en marcha", considerándose que el concepto que informa la mencionada expresión, se refiere a todo organismo económico cuya existencia temporal tiene plena vigencia y proyección.

Comentario:

El PCGA "empresa en marcha", también conocido como " Continuidad de la empresa" se basa en la presunción de que la empresa continuará sus operaciones por un tiempo indefinido y no será liquidado en un futuro previsible, salvo que existan situaciones como: significativas y continuas pérdidas, insolvencia, etc. En consecuencia, la valuación contable de los hechos serán los mismos u homogéneos, mientras no cambie su situación o cese en sus actividades, en cuyo caso se aplicará criterios de realización o de mercado. En caso de venta o liquidación de la empresa, recién cambiaría el tratamiento de registro de las operaciones, ésta se orientaría a medir el valor actual que tiene la empresa para el comprador la continuidad de la empresa en el tiempo justifica que los activos fijos sean registrados a su costo de adquisición, despreciándolos sobre estos valores, cargando a gastos en los ejercicios en que presta servicios, sin tomar en cuenta su valor en el mercado (valor de realización), porque el bien está en uso y no hay necesidad inmediata de venderlo, por consiguiente la fluctuación de precios en el mercado respecto al bien adquirido, no causa pérdida ni ganancia.

Una empresa en marcha agrega valor a los recursos que usa, estableciendo su ganancia por diferencia entre el valor de venta y el costo de los recursos utilizados para generar los ingresos, mostrando en el Balance General los recursos no consumidos a su costo de adquisición, y no a su valor actual de mercado.

VALUACIÓN AL COSTO


Enunciado textual, según el PCGR:

El valor de costo -adquisición o producción- constituye el criterio principal y básico de valuación, que condiciona la formulación de los estados financieros llamados de situación, en correspondencia también con el concepto de "empresa en marcha", razón por la cual esta norma adquiere el carácter de principio.

Esta afirmación no significa desconocer la existencia y procedencia de otras reglas y criterios aplicables en determinadas circunstancias, sino que, por el contrario, significa afirmar que en caso de no existir una circunstancia especial que justifique la aplicación de otro criterio, debe prevalecer el costo -adquisición o producción- como concepto básico de valuación.

Por otra parte, las fluctuaciones de valor de la moneda común denominador, con su secuela de correctivos que inciden o modifican las cifras monetarias de los costos de determinados bienes, no constituye, asimismo, alteraciones al principio expresado, sino que, en sustancia, representen simples ajustes a la expresión numérica de los respectivos costos.

Comentario:

Cuando los activos se registran al precio pagado para adquirirlo, se está haciendo prevalecer el costo como concepto básico de valuación, cuyo concepto se relaciona con el principio de "empresa en marcha" o "continuidad de la empresa" en que el costo es el efecto de la causa. El principio de costo condiciona la valuación de los bienes al concepto de "erogación efectivamente producida" o costos comprometidos y necesarios para la incorporación al patrimonio.

Si bien el valor real de un bien varía con el transcurso del tiempo, la contabilidad no refleja el valor actual de los activos, con respecto a la fecha de compra; si por ejemplo un edificio adquirido en $ 50.000 pudiera dos años después estar vendiéndose en $ 60.000 o en $ 40.000, no se registrará en la contabilidad ningún cambio, salvo que, como en el caso del Perú, se aplicara el ajuste por inflación al cierre del ejercicio de acuerdo a la normatividad establecida. En libros no se muestra el posible valor de venta de los bienes.

La valuación al costo es también aplicable a los activos inmateriales como los intangibles, que se registran a la suma efectivamente pagada por su adquisición, aunque se pueda determinar que con el transcurso del tiempo o por alguna circunstancia se estime que su valor sea mayor al de su adquisición. El registro a base de valores estimados de mercado generaría cierta inseguridad, con respecto a que si la valorización corresponde a valores justos o razonables.

El PCGA de "valuación al costo" implica que no debe adoptarse como criterio de valuación el de "valor de mercado", entendiéndose como tal el "costo de reposición o refabricación". Sin embargo, el criterio de "valuación al costo" ligado al de "empresa en marcha", cuando esta última condición se interrumpe o desaparece, por estar la empresa en liquidación, incluso fusión, el criterio aplicable será el de "valor de mercado" o "valor de probable realización", según corresponda.

PERÍODO


Enunciado textual, según el PCGA:

En la "empresa en marcha" es indispensable medir el resultado de la gestión de tiempo en tiempo, ya sea para satisfacer razones de administración, legales, fiscales o para cumplir con compromisos financieros.

El lapso que media entre una fecha y otra se llama periodo. Para los efectos del Plan Contable General, este periodo es de doce meses y recibe el nombre de Ejercicio.

Comentario:

El PCGA de "ejercicio" (periodo) significa dividir la marcha de la empresa en periodos uniformes de tiempo a efectos de medir los resultados de la gestión y establecer la situación financiera del ente y cumplir con las disposiciones legales y fiscales establecidas, particularmente para determinar el Impuesto a la Renta y la distribución del resultado. En esta información periódica también están interesados terceras personas, como es el caso de las entidades bancarias y potenciales inversionistas.

Las empresas tienen una duración indefinida e ilimitada; por consiguiente, sus resultados sólo se conocen sino hasta que concluya su existencia, por lo que es necesario dividir el desarrollo de sus actividades en periodos contables y establecer al cierre del periodo los resultados de operación y su situación financiera e informar de los hechos importantes que han generado cambios en la participación de los propietarios de la empresa durante ese lapso de tiempo.

DEVENGADO


Enunciado textual, según el PCGA:

Las variaciones patrimoniales que se deben considerar para establecer el resultado económico, son los que corresponden a un ejercicio sin entrar a distinguir si se han cobrado o pagado durante dicho periodo.

Comentario:

En la aplicación del principio de "devengado" se registran los ingresos o gastos en el periodo contable al que se refiere, a pesar de que el documento sustentatorio tuviera fecha del siguiente ejercicio o que el desembolso pueda ser hecho todo o en parte en el ejercicio siguiente. Este principio elimina la posibilidad de aplicar el criterio de la "percibido" para la atribución de resultados. Este último método se halla al margen de los PCGA.

Los servicios o bienes utilizados. o consumidos en el ejercicio, aunque no hayan sido cancelados, ni siquiera se conozca exactamente el monto a pagar, obliga a su registro formulando un asiento de ajuste, lo que podría a su vez implicar que se afecte a gastos del ejercicio o del siguiente.

Devengar significa reconocer y registrar en cuentas a determinada fecha eventos o transacciones contabilizables, como intereses por cobrar sobre un préstamo concedido, remuneraciones vencidas pendientes de pago, regalías por remesar, depreciación de activos fijos, etc. El término devengado se aplica sobre todo a los servicios más que a los activos adquiridos.

OBJETIVIDAD


Enunciado textual, según el PCGA:

Los cambios en el activo, pasivo y en la expresión contable del patrimonio neto, se deben reconocer formalmente en los registros contables, tan pronto como sea posible medirlos objetivamente y expresar esta medida en términos monetarios.

Comentario:

La objetividad consiste en evaluar contablemente los hechos y actividades económicas y financieras en que participa la empresa, tal como éstos se presentan, libre de prejuicios. Los estados financieros deberán reflejar un punto de vista razonable y neutral de las actividades desarrolladas, y ser susceptibles de verificación por terceros.

Objetividad en términos contables es una "evidencia" que respalda el registro de la variación patrimonial. La evidencia puede estar constituida por documentos mercantiles convencionales o por hechos no necesariamente documentados, caracterizado por cierto grado de certidumbre, corno es la variación del tipo de cambio de una moneda extranjera de una fecha a otra, variación en la cotización de títulos como acciones y bonos, estimación de la probable incobrabilidad de letras por cobrar, provisión por mercaderías obsoletas, etc.

REALIZACIÓN

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Enunciado textual, según el PCGA:

Los resultados económicos se registran cuando sean realizados, o sea cuando la operación que los origina queda perfeccionada desde el punto de vista de la legislación o de las prácticas comerciales aplicables y se hayan ponderado fundamentalmente todos los riesgos inherentes a tal operación. Se establecerá como carácter general que el concepto "realizado" participa del concepto de "devengado".

Comentario:

Con respecto a las operaciones de compra venta, se considera vendido un bien cuando se concreta la entrega de la mercadería o es puesta a disposición del comprador, lo que permite atribuir objetivamente su correspondiente costo. En caso de venta de servicios formalizados por contratos, en los cuales se cobra por anticipado, los resultados serán reconocidos en función de la realización periódica de los servicios, lo que implica afectar a resultados, generalmente en forma mensual.

En las operaciones de compra venta a largo plazo, se admite la atribución a resultados en función de las cuotas cobradas o puestas a disposición, lo que constituye una excepción al principio de "devengado".

Las operaciones, en las que la atribución a los resultados dependen del tiempo, los gastos e ingresos se mantendrán como activos y pasivos respectivamente, hasta que el tiempo determine su conversión en resultados, como por ejemplo, el servicio de alquiler, seguro, etc.

En aplicación del principio de "realización" las transacciones internas que no modifican la estructura de los recursos (activos) o sus fuentes (pasivos), como es la determinación del costo de fabricación constituido por la suma de la materia prima, mano de obra y gastos de fábrica aplicados, se procede a registrar contablemente, al evidenciarse la utilización de los recursos indicados para obtener un producto elaborado.

Los ajustes por inflación, así como aquellos efectuados para empalmar los ingresos de un ejercicio contable con los gastos incurridos par

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

Wilson Fabián Cervantes G., Lic CPA, Esp. Copyright: Agosto 2007-2011
 

 

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